12 de octubre de 2025

Fallo a favor de la CGT: La Justicia suspendió el DNU que limitaba el derecho a huelga

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La Justicia hizo lugar a un amparo presentado por la Confederación General del Trabajo (CGT), que pedía suspender provisoriamente algunos artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/25. Este decreto restringía el derecho a huelga, y la suspensión se mantendrá hasta que se dicte una sentencia definitiva.

La CGT sostiene que los artículos 2 y 3 del DNU, firmado el 21 de mayo de 2025, violan la división de poderes y atentan contra la libertad sindical.

Primero, el Juzgado Nacional del Trabajo declaró que tenía competencia para intervenir, ya que se trata de una cuestión de derechos laborales. Luego, consideró válida la presentación de la CGT y finalmente ordenó suspender de manera provisoria los efectos de esos artículos del DNU para la CGT y los trabajadores que representa.

El decreto del Gobierno había generado polémica porque clasificaba nuevas actividades como “esenciales” y establecía que, en caso de huelga, debía garantizarse un funcionamiento del 50% al 75%. Según la CGT, esto limita de hecho el derecho a protestar.

El fallo del Juzgado Nacional del Trabajo N.º 3 argumenta que el reclamo se presenta en un contexto excepcional y que la vía del amparo es razonable para proteger derechos fundamentales. También recuerda que el derecho a huelga está garantizado por la Constitución Nacional (artículo 14 bis) y por la Ley de Asociaciones Sindicales, que permite a los gremios adoptar medidas legítimas de acción sindical.

¿Qué actividades son consideradas servicios esenciales según el DNU 340/25?

  • Salud: hospitales, distribución de medicamentos, farmacias.

  • Servicios públicos: agua, gas, electricidad.

  • Comunicaciones: telefonía, internet, servicios satelitales.

  • Transporte y logística: aeronáutica comercial, puertos, dragado, remolque, aduanas, migraciones.

  • Educación: cuidado de menores y educación desde guardería hasta secundaria, incluyendo educación especial.

  • Transporte marítimo y fluvial: de personas, carga y mercadería, incluyendo operaciones costa afuera.

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