Modificaciones en el DNU de Javier Milei para medicamentos, farmacias, médicos y pacientes: ¿Cuáles son?
El DNU de Javier Milei trae cambios en medicamentos, farmacias, médicos y pacientes a partir de su publicación oficial hoy en el Boletín Oficial del Ministerio de Salud de la Nación. Las principales modificaciones incluyen la posibilidad de que los profesionales de la salud sugieran marcas específicas de medicamentos, restricciones en la venta libre, la autorización para que las droguerías suministren medicinas a ciertos pacientes y ajustes en la regulación de la ANMAT.
Cuáles son los cambios tras el DNU de Javier Milei en farmacias, médicos, medicamentos y pacientes
En la prescripción de medicamentos y receta electrónica, los médicos deben mencionar el nombre genérico en las recetas, pero ahora pueden sugerir una marca comercial. El farmacéutico puede reemplazar la marca por una más económica si el consumidor lo solicita. Se introduce el uso de recetas electrónicas con información mínima requerida.
Para medicamentos de venta libre, su comercialización en establecimientos no farmacéuticos se limita a antiácidos y analgésicos. Estos lugares deben cumplir requisitos de autorización, como documentación legal y condiciones de almacenamiento adecuadas, con restricciones en el acceso del público a los medicamentos.
Las droguerías solo pueden dispensar recetas para medicamentos oncológicos o tratamientos especiales al público, excluyendo otras especialidades medicinales.
La ANMAT puede ahora incluir nuevos ingredientes farmacéuticos activos en estudios de bioequivalencia o biodisponibilidad, con posibles excepciones basadas en evidencia científica, recomendaciones de la OMS y la OPS. La bioequivalencia se define como la relación entre dos productos farmacéuticos equivalentes en biodisponibilidad.
