18 de abril de 2026

Cristina Kirchner cumplirá prisión domiciliaria en su casa de Constitución

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El Tribunal Oral Federal N.º 2 (TOF 2) autorizó que Cristina Fernández de Kirchner cumpla su condena bajo arresto domiciliario. Esta decisión se tomó luego de que la Corte Suprema confirmara su sentencia a seis años de prisión y la inhabilitación de por vida para ejercer cargos públicos, en la causa conocida como Vialidad.

Cristina no deberá presentarse este miércoles en los tribunales de Comodoro Py. En cambio, permanecerá en su departamento de la calle San José 1111, en el barrio porteño de Constitución. Además, deberá usar una tobillera electrónica.

La decisión se tomó tras un pedido de su abogado, Carlos Beraldi. Argumentó que la expresidenta tiene 72 años, fue jefa de Estado y cuenta con custodia oficial, lo que justifica que cumpla la pena en su casa.

Reglas que deberá cumplir

El tribunal fijó condiciones estrictas:

  • No podrá salir de su domicilio, salvo por razones de fuerza mayor que deberá justificar.

  • En cualquier otro caso, deberá pedir autorización al tribunal.

  • No podrá realizar acciones que molesten a los vecinos ni alteren la convivencia.

En un plazo de 48 horas, deberá presentar una lista con:

  • Miembros de su familia,

  • Personal médico,

  • Abogados,

  • Custodia oficial.

Estas personas podrán visitarla sin autorización previa. Cualquier otro visitante deberá ser aprobado por el tribunal.

Rechazo del Ministerio Público

Los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola se opusieron al arresto domiciliario. También lo hizo la Procuración de la Ciudad de Buenos Aires, que advirtió que la presencia de Cristina en Constitución podría afectar la seguridad, el tránsito y el funcionamiento de servicios esenciales en la zona.

A pesar de esto, cientos de personas permanecen concentradas frente a su domicilio, y las muestras de apoyo se multiplican en todo el país.


Qué resolvió la Corte Suprema

El 10 de junio, la Corte Suprema confirmó la condena de Cristina Kirchner por administración fraudulenta contra el Estado, en el marco del manejo de la obra pública en Santa Cruz. La pena incluye seis años de prisión e inhabilitación perpetua para cargos públicos.

Sin embargo, fue absuelta del delito de asociación ilícita, como ya lo habían hecho los tribunales anteriores. Esa absolución le impide postularse en futuras elecciones, como planeaba.

Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti firmaron el fallo, rechazando todos los argumentos de la defensa.

El TOF N.º 2 ahora debe definir las condiciones de arresto para el resto de los condenados, entre ellos Lázaro Báez y José López, quienes también podrían acceder a prisión domiciliaria por tener más de 70 años.

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