27 de mayo de 2026

Alquileres: cómo se negocian los nuevos contratos

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En el transcurso del año, los alquileres en la Ciudad han experimentado un incremento del 260%, superando la tasa de inflación acumulada. En el ámbito inmobiliario, se percibe la opinión de que ya se ha alcanzado un punto crítico, y se han identificado algunos signos positivos tanto para los inquilinos como para los propietarios.

El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70, relacionado con la desregulación económica y que derogó la Ley de Alquileres en uno de sus apartados, comenzó a regir el pasado 29 de diciembre, generando un nuevo panorama para inquilinos y propietarios.

Este DNU, impulsado por Javier Milei, permite que los contratos de alquiler se realicen en cualquier moneda y por cualquier plazo, con la posibilidad de pactar el ajuste del valor de los alquileres entre las partes. Se establece la validez de cualquier índice pactado por las partes, público o privado, expresado en la misma moneda acordada para los alquileres. La entrada en vigencia del decreto ha provocado opiniones divergentes entre inquilinos e inmobiliarias.

En diciembre, la oferta de inmuebles para alquilar disminuyó un 68,6% interanual, según datos de un informe de Reporte Inmobiliario.

Es relevante destacar que los contratos firmados antes del 29 de diciembre permanecen bajo el régimen de la mencionada ley, mientras que aquellos suscritos posteriormente están sujetos al nuevo DNU hasta que la Justicia o el Ejecutivo dispongan lo contrario.

Según Marta Liotto, ex presidenta del Consejo Profesional Inmobiliario, el 50% de los contratos se está firmando por un año y otro 50% por dos años. En cuanto a la actualización del contrato, algunos propietarios solicitan aumentos trimestrales o cuatrimestrales.

Daniel Bryn, fundador de Invertire Real Estate, señaló que es probable que el ajuste sea semestral y se realice mediante el Índice de Contratos de Locación (ICL) o el Índice de Precios al Consumidor (IPC). También mencionó que se está inclinando hacia ajustar por inflación, y en segundo lugar, por el ICL o los salarios. Si es por inflación, el ajuste sería semestral; en cambio, si es por otros índices, como el ICL o salarios, que no aumentan tanto como la inflación, el ajuste podría ser cada tres meses.

Los nuevos contratos de alquiler, tras la entrada en vigencia del DNU, requieren un recibo de sueldo en blanco y garantía propietaria o un seguro de caución por parte del inquilino. Además, al momento de ingresar a un departamento, se debe abonar un mes por adelantado más otro mes como depósito.

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