18 de abril de 2026

El Gobierno desregula más las prepagas: ahora, podrán aplicar aumentos diferenciales según los planes

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El Gobierno ha avanzado con la desregulación de la medicina prepaga, permitiendo que las empresas puedan aplicar aumentos diferenciales en las cuotas según los planes de salud. Esta medida fue oficializada a través del Decreto 102/2025, publicado en el Boletín Oficial, y modifica las reglas que hasta ahora obligaban a las compañías a aplicar el mismo porcentaje de aumento para todos los afiliados.

Aunque las empresas tendrán mayor libertad para definir los valores de las cuotas, el decreto establece ciertas limitaciones para mitigar el impacto en las franjas etarias más altas. En particular, se modificó el artículo 17 del Decreto 1993/2011, donde se especifica que las empresas podrán fijar libremente los valores de las cuotas de los planes de salud durante toda la vigencia del contrato, y los porcentajes de ajuste podrán variar según las características específicas de cada plan.

Sin embargo, el decreto introduce una restricción clave: el valor de la cuota para la última franja etaria no podrá superar el triple del valor de la cuota de la primera franja etaria. Además, se establece que los planes de cobertura para la última franja etaria deben estar disponibles sin límites de edad máxima, tanto para nuevos usuarios como para la permanencia de los afiliados actuales.

El decreto también establece que las empresas deberán informar de manera clara y destacada a los usuarios sobre cualquier modificación en el valor de las cuotas o los copagos. Esta comunicación debe detallar el porcentaje de variación aplicado y el nuevo valor de la cuota mensual, y debe realizarse dentro de los cinco días posteriores a la publicación del último Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el INDEC. Además, los usuarios deben ser notificados de los ajustes con al menos 30 días corridos de anticipación a la fecha de vencimiento.

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