25 de mayo de 2026

Es oficial la desregulación de las obras sociales

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El gobierno de Javier Milei oficializó este miércoles el decreto que desregula las obras sociales para todos los trabajadores que están en relación de dependencia tanto del sector público como del privado, sindicalizados, monotributistas, entre otros.

Lo hizo por medio del Decreto 170/2024 publicado hoy en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Javier Milei; del jefe de Gabinete, Nicolás Posse; y del responsable de la cartera sanitaria, Mario Antonio Russo.

La medida alcanza a más de 14 millones de trabajadores que están en relación de dependencia tanto del sector público como privado, sindicalizados, monotributistas, empleadas domésticas, y a los más de 5 millones de personas que pertenecen al llamado sistema general.

El Gobierno dispuso además que la desregulación comience a regir el próximo 1° de abril porque habrá un periodo de adecuación a la norma.

La norma establece «el derecho a la libre elección podrá ser ejercido por los afiliados titulares de los Agentes del Seguro de Salud comprendidos en el artículo 1° de la Ley N° 23.660, entre cualesquiera de las entidades incluidas en dicha norma, con la excepción prevista en el artículo 9”.

Además, especifica: «El plazo mínimo de permanencia no resultará aplicable para aquellos beneficiarios que, encontrándose afiliados a un Agente del Seguro de Salud, hayan elegido a una entidad de medicina prepaga como prestadora de su cobertura médica y esta se encuentre inscripta en los Registros establecidos en el inciso b) del artículo 5° de la Ley Nº 26.682 y en el artículo 6° de la Ley Nº 23.660. En este último supuesto podrán ejercer el derecho a la libre elección hacia esa misma entidad de medicina prepaga”.

Así quedó plasmado en un segundo decreto, el 171/2024 también publicado hoy en el Boletín Oficial.

La desregulación de las obras sociales introduce cinco cambios sustanciales para el sistema de salud:

  • Los trabajadores podrán elegir libremente entre obras sociales y prepagas para derivar sus aportes.
  • Ya no deberán permanecer obligatoriamente un año en la obra social de su actividad al ingresar a un nuevo empleo.
  • Los trabajadores podrán elegir una obra social o prepaga al comenzar un nuevo empleo, sin ningún tipo de intermediación.
  • Podrán ejercer el derecho de libre elección una vez al año, en cualquier momento desde el inicio de la relación laboral.
  • Las empresas de medicina prepaga se encuentran obligadas a aportar al Fondo Solidario de Redistribución por el total de la cuota que reciben (aproximadamente un 20%).

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