18 de abril de 2026

El Gobierno oficializó la prohibición de los traslados de cárcel para presos que cambien de género

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El Gobierno nacional oficializó este jueves, a través del Decreto 61/2025, una medida que establece que el alojamiento de personas detenidas en cárceles se determinará según el sexo registrado al momento del delito que llevó a su arresto.

La decisión busca evitar que personas condenadas por delitos, especialmente aquellos que involucran violencia contra mujeres, soliciten traslados a cárceles de mujeres luego de realizar un cambio de género mediante la Ley de Identidad de Género N° 26.743. El decreto fue impulsado tras un caso ocurrido en Córdoba, donde una persona condenada por violencia de género realizó un cambio de género y, tras ser reubicada en una cárcel de mujeres, cometió abusos contra otras internas.

En sus considerandos, el decreto señala que situaciones como esta generan un «absurdo» en el sistema jurídico, ya que permiten que una persona condenada abuse de los derechos consagrados en la Ley de Identidad de Género para cometer nuevos delitos. Por ello, se establece que:

  1. El alojamiento de las personas privadas de la libertad se determinará según el sexo registrado al momento del hecho delictivo.
  2. No se permitirá el alojamiento en cárceles de mujeres a personas que hayan realizado un cambio de género si fueron condenadas por delitos como violencia de género, abusos sexuales u otros crímenes violentos.
  3. Se denegarán las solicitudes de traslado o reubicación dentro de la misma jurisdicción si el cambio de género se inició después del delito.

Además, el decreto aclara que las personas que ya hayan iniciado o completado el trámite de rectificación registral del sexo deberán contar con medidas de resguardo en los establecimientos penitenciarios, garantizando su seguridad y la de los demás internos. En ningún caso se adoptarán medidas que pongan en riesgo la integridad física, psíquica o moral de los detenidos.

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